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Con el fin de contribuir en la reactivación económica del Estado el diputado Esteban Estrada promovió
una mesa de diálogo con los representantes de la Coparmex, sector educativo y secretarios del gabinete estatal, sobre una iniciativa para el fomento al emprendimiento, a través de la cual se garantizaría la certidumbre a los empresarios locales con acciones para otorgar incentivos e impulsar la generación de empleos con una mejor remuneración, entre otras bondades.
Se anexa resumen del proyecto de iniciativa
RESUMEN DE LA INICIATIVA DE LEY DE FOMENTO AL EMPRENDIMIENTO
1. Tiene por objeto fomentar la cultura del emprendimiento, y establece bases para la colaboración de los actores pertenecientes al ecosistema del emprendimiento.
2. Crea un Consejo Estatal para el Fomento al Emprendimiento con 10 miembros, presidido por el Gobernador y en ausencia el Coordinador General Estratégico de Crecimiento y Desarrollo Económico. El titular de SEDECO funge como Secretario Técnico, también forman parte el titular de la Secretaría de Innovación, el representante de la COPARMEX, 2 representantes del Sector Empresarial, 2 representantes de universidades públicas o privadas, un representante de emprendedores y representante de incubadoras.
3. Da al Consejo la facultad de proponer mecanismos y programas para facilitar el acceso al financiamiento y capital de las empresas con proyectos de emprendimiento
4. Establece una agenda única para el emprendimiento: proyectos y acciones de los poderes y niveles de gobierno del Estado, actores de los sectores social, educativo y privado de Jalisco, para incentivar, promover y propiciar el emprendimiento en el estado
5. Establece el Premio Jalisco al Emprendedor para fomentar e impulsar el entusiasmo y la creatividad de emprendedores
6. Obliga a las regiones del Estado crear un plan regional de apoyo al emprendimiento
7. Dispone que se priorice la contratación de empresas de reciente creación en compras públicas, con base en los criterios definidos por el Reglamento
8. Propone que se procuren anticipos a las empresas de reciente creación por montos de entre el 30% y el 50%, siempre y cuando la garantía que otorguen cubra el monto total del anticipo
Para la implementación de la Ley:
1. Se propone dar un plazo de 60 días al Ejecutivo para expedir el Reglamento y hacer las adecuaciones en los ordenamientos de su competencia
2. Se propone dar un plazo no mayor a 80 días para la instalación del Consejo.
3. Se propone dar a los Ayuntamientos un plazo de 60 días, para hacer las adecuaciones a los ordenamientos de su competencia.